Protocolo para desorejados-Por Patricia Vásquez-

A catorce días del inicio de esta primavera que redobla las emociones características de la estación, las expectativas por una salida paulatina del letargo en el que esta extensa cuarentena nos sumergió, han acelerado el pulso de propietarios e inquilinos entusiasmados por el protocolo que el Gobierno porteño se apresta a oficializar para permitir la vuelta a los espacios comunes: terrazas, parrillas, parques y amenities.

Esta efervescencia, espoleada por la apertura paulatina del espacio público, de locales al aire libre y la difusión mediática del borrador del mencionado protocolo alumbrado en conjunto con las Cámaras y Asociaciones de la Propiedad Horizontal, generó una catarata de consultas, en el mejor de los casos, que inundó este fin de semana a los administradores de edificios.

Desde hace algún tiempo muchos propietarios vienen reclamando a las administraciones para que habiliten el ingreso de las visitas como el uso de parrillas sostenidos en derechos de propiedad y el derecho real  sobre las partes comunes.

Desorejados como somos, y ansiosos por respirar normalidad nos desenfocamos en la centralidad de la cuestión: preservar la salud y la vida frente a una pandemia que nos mantiene en vilo, hasta tanto aparezca una solución sanitaria concreta y eficaz como una vacuna que  prevenga o nos cure.

Un somero análisis, aquí de esta cadena de responsabilidades que nos involucra individual y colectivamente. Las resoluciones de la Ciudad en tanto y en cuanto tienen su génesis en el DNU presidencial 297/2020, razonablemente deben adecuar lo más posible las relaciones humanas y alcanza a los edificios con amenities.  En consecuencia, están bajo control del Gobierno local. El administrador, aquí es el último eslabón en la aplicación de la normativa.

Si bien el propietario o sus invitados podrían verse afectados por la medida, ésta se justifica por la tutela de un bien jurídico superior como es la vida y/o salud pública.

“El uso del derecho tiene su límite cuando su uso afecta el derecho del otro, es decir su ejercicio resulta contrario a los fines del ordenamiento jurídico y excede los límites impuestos por la buena fe, la moral y buenas costumbres. Cuando no se observan estos fines sociales o económicos nos encontramos con un abuso del derecho”, explica Pablo Gonza, doctor en Derecho,  consultor en propiedad horizontal.

En este paso a paso hacia la esperada normalidad estaría bien considerar que los espacios comunes, con estas comodidades extras para solaz, no son fundamentales en la vida cotidiana. Son un plus que poseen determinados edificios y desarrollos inmobiliarios.

Entonces, argumentar el derecho individual por sobre el colectivo, en principio carece de solidaridad. Luego requiere requisitos de cumplimiento estricto ya que no sólo se corre riesgo por el uso, sino por el ingreso de personas externas al edificio con la afectación del personal esencial y de la comunidad toda.

El protocolo que espera la luz verde del Gobierno porteño, justamente,  está enfocado sólo para quienes viven en el edificio, limita exclusivamente el uso de los espacios comunes de éstos, excepto los que están en los grupos de riesgo. Subraya la prohibición del ingreso de invitados, personas ajenas al Consorcio.

Recomienda la aplicación de doble requisito: un sistema de turnos y máximo de personas en el uso.  En todos los casos, exige la ventilación e higienización constante, el respeto de la distancia social de al menos 1,5 metro, y el uso de  elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.

Desorejados, desasados y desobedientes como somos, poco afectos a prestar oídos a la responsabilidad, la realidad nos reta a dejar los cortos por los largos en este difícil cotejo.

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Autor entrada: Consumer

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