MIRABELLA; JUICIO POR JURADOS EN TRIBUNALES FEDERALES DE TODO EL PAÍS- Por Carlos Mariscal.

La iniciativa busca acercar la Justicia a la gente, dotar de mayor transparencia al Poder Judicial y saldar una deuda pendiente en materia constitucional. “Es un símbolo de la democracia participativa”, destacó el legislador._
El diputado nacional Roberto Mirabella presentó un proyecto de Ley para establecer el juicio por jurados en los tribunales federales de Santa Fe y de todo el país, así como también en los tribunales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La iniciativa busca mejorar la transparencia y el funcionamiento del Poder Judicial, además de dar cumplimiento efectivo a lo dispuesto por la Constitución Nacional y satisfacer así una deuda histórica.
“La participación ciudadana en las decisiones judiciales permite una mayor transparencia y control de las causas. Además, refuerza el compromiso de la gente con las instituciones y acerca la Justicia a la gente. Es un símbolo de la democracia participativa”, agregó el diputado. “Este proyecto pretende mejorar el servicio de Justicia, fortalecer su funcionamiento y mejorar la confianza pública en el Poder Judicial”, explicó Mirabella. 
“Esto es un mandato constitucional. Próximamente se cumplen 30 años de la reforma de 1994 y nunca se pudo lograr un acuerdo para implementar el Juicio por Jurados en los tribunales federales argentinos, como lo marca la Constitución”, indicó el legislador de Santa Fe. 
El proyecto determina que deberán someterse a juicios por jurado todos los delitos penales del ámbito federal que tienen previsto una pena mínima de ocho años de prisión según el Código Penal. Los jurados estarán conformados por doce miembros titulares y dos suplentes, respetando la paridad de género y designados por sorteo. Su función será deliberar sobre las pruebas y determinar la culpabilidad o la inocencia del acusado. 
Según el texto de la iniciativa, pueden ser jurados todos los hombres y las mujeres de entre 18 y 75 años que no presenten ninguna incompatibilidad. Quedan excluidos de esta posibilidad los ministros de un culto religioso; miembros de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y del ministerio público; dirigentes de organizaciones políticas o sindicales, entre otros. 
Cabe señalar que la implementación del juicio por jurados está prevista en la Constitución. A nivel nacional, la provincia de Córdoba fue la primera en legislar respecto al tema, seguida por Buenos Aires, Neuquén, Mendoza, Chaco, Río Negro y San Juan.

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